- CERTIFICADO OFICIAL DE CAPACITACIÓN DE CUIDADOR DE ANIMALES DE COMPAÑÍA EXPEDIDO POR LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES
- ALTA EN EL IAE CON EL EPÍGRAFE 9794 PARA EL ADIESTRAMIENTO Y CUIDADO DE ANIMALES
- COMUNICACIÓN MEDIOAMBIENTAL AL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN
- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
RECORDAR QUE DADA LA LEGISLACIÓN VIGENTE:
No puedo alojar PPP (perros potencialmente peligrosos), ni los cruces de éstos.
Ante la falta de reglamentación autonómica específica, se consideran perros peligrosos de acuerdo con el anexo 1 del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y modificación introducida por el Real Decreto 1570/2007, de 30 de noviembre:
En particular, los perros que pertenecen a estas razas o que están cruzados:
• Pit Bull Terrier.
• Staffordshire Bull Terrier.
• American Staffordshire Terrier.
• Rottweiler.
• Dogo Argentino.
• Fila Brasileiro.
• Tosa Inu
• Akita Inu